Terminos y Condiciones

Openpay es nuestro procesador de pagos en línea.

Con la aceptación electrónica manifestamos que hemos leído y estamos enterados de las Cuotas y Trámites Administrativos del Colegio Monteverde.

Así mismo, nos obligamos frente a Instituto Sepya, A.C., Colegio Monteverde, a cumplir con todas las obligaciones de pago en los términos y condiciones descritas en el presente documento, incluyendo enunciativa y no limitativamente:

1. La obligación de pagar intereses moratorios sobre colegiaturas no pagadas en tiempo, conforme a los plazos señalados en el mismo.

2. El derecho del Colegio a aumentar las colegiaturas sin previo aviso ante incrementos bruscos a salarios mínimos y cambios importantes en la economía del país.

3. El derecho del Colegio a cancelar la reinscripción otorgada, o a separar a cualquier alumno o alumna en los casos previstos en el Modelo Educativo y en el Reglamento del Colegio.

También manifestamos conocer los términos del artículo 7o. De las “Bases mínimas de Comercialización de los Servicios Educativos que prestan los Particulares”, publicado por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y por la Secretaría de Educación Pública el 10 de marzo de 1992 en el Diario Oficial de la Federación, mismo que libera a los prestadores del servicio educativo de la obligación de continuar con la prestación del servicio en caso de incumplimiento de la obligación de pago de tres o más colegiaturas.

Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de los términos y condiciones del Boletín, el Colegio y los Padres o Tutores aceptan sujetarse a las disposiciones aplicables del Código Civil Federal.

POLÍTICAS

1) Reinscripciones

a. Es indispensable estar al corriente en sus pagos del ciclo escolar actual.

b. En caso de generar pagos fuera de las fechas límites de pago, se cargarán intereses moratorios del 5%.


2) Reembolsos

a. Una vez realizado el pago de la reinscripción e inscripción, si la familia notifica por escrito que no cursará el ciclo escolar, a más tardar el 01 de junio de 2023, se reembolsará el 80% de las cuotas pagadas. Si esta notificación se realiza antes del 31 de julio, se reembolsará el 50%. Posteriormente, el reembolso no aplica.

 

 3) Colegiaturas

a. El pago de colegiaturas deberá cubrirse los primeros 10 días naturales de cada mes. Posterior a la fecha, se generará un recargo del 5% mensual acumulativo.

b. El incumplimiento del pago de 3 colegiaturas libera al Colegio de la prestación del servicio. (Artículo 7° Bases mínimas de comercialización de servicios educativos que prestan los particulares).

c. Si la familia da aviso de baja de su(s) hijo(s) antes del término del ciclo escolar, tendrán que estar cubiertas las colegiaturas al momento de la baja. d. En pagos anuales de colegiaturas, sólo se devolverá la cantidad de los meses no cursados.